
Por ÁLVARO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ
Las disposiciones emanadas por la CARDER, para hacer frente al fenómeno del Niño, requieren acciones de preparación institucional.
En un extenso documento donde expidió una serie de medidas, la autoridad ambiental, laborar en concordancia con las responsabilidades que fija la Ley, frente a los procesos de conocimiento, manejo de riesgo y reducción.
Otras medidas, piden mantener activos los sistemas de vigilancia , atención y control de incendios de cobertura vegetal, realizar estricta vigilancia en las áreas correspondientes al Sistema Departamental de Áreas Naturales protegidas, ejercer estricto control para impedir la realización de quemas abiertas en áreas rurales, , medidas preventivas y diversas campañas, disponibilidad de recursos por parte de organismos territoriales y poder apoyar las labores de los organismos de socorro para la atención de emergencias, socializar los planes de gestión de riesgo,, así como la estrategia de respuesta a emergencia, reconocer y promover las acciones de protección y control en lo que respeta al estado de fajas paralelas a cuerpos de agua, promover acciones de reforestación y conservación de áreas ribereñas, en el marco de la regulación hídrica y provisión de servicios ambientales en referencia al recurso hídrico.
