Por segunda vez, paran la Vía de los Samanes

 Por segunda vez,  esta,  decisión de carácter judicial, el Supremo Contencioso Administrativo del Risaralda, autorizó  la medida cautelar que suspende de nuevo la Vía de los Samanes.

La primera fue de carácter  ambiental y procedió de la mayor autoridad en el orden la CARDER.

En un extenso escrito de 59 páginas, el magistrado ponente, Andrés Medina Pineda, protege los derechos  e intereses colectivos en auto que resuelve la medida provisional invocada por la demandante, Amparó Jaramillo de Drews.

DEMANDADAS 

En la acción  las partes demandadas son la  la propia CARDER, Unión Temporal Vías del Samán, Gobernación del Risaralda, Municipio de Pereira, INVÍAS y la autoridad nacional  de Licencias Ambientales -ANLA- y en calidad de vinculado, la Personería de Pereiras por intermedio de la delegada  para urbanismo y Medio Ambiente y Defensoria del Pueblo. Al proteger los derechos e intereses colectivos resolvió “decretar  como medida provisional para evitar la amenaza frente  a éstos, presuntamente vulnerados, les ordena de manera perentoria:

-La suspensión temporal de la ejecución del proyecto en las  Vías del Samán ,en lo pertinente a la intersección Galicia: ordena a INGEVIAS S.A.S. abstener de dar cumplimiento al aprovechamiento forestal autorizado por la CARDER; al Municipio de Pereira, garantizar dicha suspensión de las actividades y ejercer control y vigilancia para evitar la realización del aprovechamiento forestal autorizado.

TIEMPOS 

Así mismo en un término de un mes, ordenó a la propia CARDER, expida la respectiva licencia de aprovechamiento de los árboles aislados en la Intersección Galicia y la ANLA,     que dentro del mes siguiente, realice visita a la intersección  Galicia y rinda y presente informe  el cual determine el impacto del proyecto , en especial  la construcción de la estructura deprimida nueva en el sector de Galicia y las respectivas glorietas, el riesgo ambiental en la zona y analizando específicamente si existe  afectación  de humedales presentes en el lugar de intervención.

De acuerdo con la decisión, al final del mes otorgado  a las entidades reseñadas y de conformidad  con las respuestas otorgada “se evaluará si es necesario o no que la suspensión  continúe en el tiempo”.

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